Poder Judicial de la Nación
JUZGADO FEDERAL DE BELL VILLE
La Sra. Secretaria del Juzgado Federal de Bell Ville, provincia de Córdoba, Dra. Laura Gamito a cargo de la Secretaría de Ejecuciones Fiscales, sito en calle Córdoba Nº 246 de la ciudad de Bell Ville, Pcia. de Córdoba, hace saber que en autos: BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/ ROBLEDO, DANIEL ALBERTO s/EJECUCIONES VARIAS - EXPTE. FCB 10552/2021, el Sr. Juez Federal de Primera Instancia de la ciudad de Bell Ville, Dr. Sergio A. Pinto, resolvió por decreto de fecha 28 de noviembre de 2024 la notificación de traslado de demanda al demandado mediante la publicación de edictos de ley por un (1) día, a los fines de EMPLAZAR al Sr. Daniel Alberto Robledo, D.N.I. Nº 31.263.893, para que en el término de CINCO (5) días, comparezca a estar a derecho y constituir domicilio en estos autos, haciéndosele saber que la intimación de pago, -por la suma reclamada de pesos ciento sesenta y nueve mil quinientos noventa y seis con catorce centavos ($ 169.596,14) en concepto de capital, con más la del treinta por ciento (30%) estimada provisoriamente para intereses y costas, importa la citación para oponer excepciones de las previstas por los arts. 544 y 545 del CPCN, bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial (art. 531 del CPCN), haciéndosele saber que se han designado los días martes y viernes o el siguiente día de nota si alguno de ellos fuere feriado, para notificaciones en la oficina. Publíquese por un día en día en el diario La Voz Del Interior y/o Nueva Tribuna.Fdo. Laura T. Gamito. Secretaria Federal.
Vence: 27/02/2025

Poder Judicial de la Nación
JUZGADO FEDERAL DE BELL VILLE
Expte. 11294/2021 BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ SANCHEZ, MARIO NICOLAS s/EJECUCIONES VARIAS. La Sra. Secretaria del Juzgado Federal de Bell Ville, provincia de Córdoba, Dra. Laura Gamito, a cargo de la Secretaría de Ejecuciones Fiscales, sito en Córdoba Nº 246 de la ciudad de Bell Ville, provincia de Córdoba, hace saber que en autos: "BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/ SANCHEZ, MARIO NICOLAS s/EJECUCIONES VARIAS" - (EXPTE. FCB 11294 /2021), el Sr. Juez Federal de Primera Instancia, Dr. Sergio A. Pinto, resolvió por decreto de fecha 31 de mayo de 2024 la notificación de traslado de demanda al demandado mediante publicación de edictos de ley por un (1) día, a los fines de EMPLAZAR al Sr. Mario Nicolás Sánchez, D.N.I. 34.612.265, para que en el término de CINCO (5) días, comparezca a estar a derecho y constituir domicilio en estos autos, haciéndosele saber que la intimación de pago, por la suma reclamada de pesos: doscientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y siete con treinta y cinco centavos ($ 286.667,35) en concepto de capital, con más la de pesos: ochenta y seis mil con veinte centavos ($ 86.000,20) estimada provisoriamente para intereses y costas, importa la citación para oponer excepciones de las previstas por los arts. 544 y 545 del CPCN, bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial (art. 531 del CPCN), haciéndosele saber que se han designado los días martes y viernes o el siguiente día de nota si alguno de ellos fuere feriado, para notificaciones en la oficina. Publíquese por un día en el Diario "Nueva Tribuna" de la ciudad de Bell Ville. Fdo. Laura Gamito. Secretaria Federal.
Vence: 27/02/2025

EDICTO
El Juzgado de 1ª Instancia y 3ra. Nominación en lo Civil, Comercial y Familia, Secretaría N° 5 de la ciudad de Bell Ville, de la provincia de Córdoba, Juzgado a cargo del Dr. Eduardo Pedro Bruera, en autos caratulados “ALANIS, CARLOS ALBERTO - USUCAPION” (Expte. N° 9224585), ha dictado la siguiente resolución: “SENTENCIA NUMERO: 79. BELL VILLE, 30/12/2024. Y VISTOS: (…). Y CONSIDERANDO: (…). RESUELVO: I) Hacer lugar a la demanda de usucapión – prescripción adquisitiva -promovida por Carlos Alberto Alanís, argentino, DNI N° 24.363.026, nacido el 15/11/ 1974, de estado civil casado en primeras nupcias con María Alejandra Bosco, DNI N° 24.361.147, CUIT N° 20- 24363026-7 y con domicilio real en calle La Rioja N° 644 de la localidad de Idiazábal, respecto al inmueble que según plano de mensura, confeccionado por el Ing. Cristian Manuel Olaviaga, MP 4.816/X, y que se encuentra visado e inscripto en la DirecciónGeneral de Catastro s/ Expediente N° 0033-048853/2009 de fecha 03/11/ 2014, se describe como: “Inmueble descripto mide quince (15) metros de frente y fondo por cincuenta (50) metros en sus lados, lo que encierra una superficie total de setecientos cincuenta metros cuadrados (750m2), y reconoce como linderos, en su costado Noreste: 15,00 m (lado A-B), con parcela 003 de Bautista IRUSTA (Fº498-Aº1.914 – Cuenta N° 36-02-0.203.108/7); en su costado Sudeste: 50,00 m (lado B-C), con parcela 034 de Hernán Gustavo FENOGLIO (Matricula 1.280.995 – Cuenta N° 36-02- 2.713.819/6) y en parte con la parcela 035 de Gustavo Nelson DE MICHELIS - Gilda Valeria RAMIREZ (Matrícula 1.280.996 – Cuenta N° 36-02-2.713.820/0); en su costado Sudoeste: 15,00 m (lado C-D), con calle SARMIENTO; y en su costado Noroeste: 50,00 m (lado D-A), con parcela 006 de Juan SOSA (Fº 198-Aºl.923 – Cuenta N° 36-02-0.203.668/2)”; Según título: A) Matrícula N° 1.070.514- se trata de una Fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, formado por el Solar N° 15 de la Manzana N° 48 del Plano del Pueblo de Idiazábal, Pedanía Ballesteros, Departamento Unión, Provincia de Córdoba; que mide: 15 mts. de frente por 50 mts. de fondo, y linda: por el Norte con el Solar N° 08, por el Este con el Solar N° 16, por el Oeste con el Solar N° 14, todos de la misma Manzana, y por el Sud con la calle 14 (Hoy Sarmiento); teniendo dicha fracción una superficie total de 750 mts2.-.” El inmueble en cuestión registra nomenclatura catastral n°3602170101009005 y cuenta DGR n°360202036682. II) Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial de la Provincia y en otro diario con circulación en la localidad de ubicación del inmueble o, en su defecto, de la más próxima a éste, a los fines de la notificación de la presente sentencia, conforme lo prescripto por el art. 790 del CPCC. III) Oportunamente, ordénese la inscripción del inmueble a nombre del actor en el Registro General de la Provincia y simultáneamente, se cancelarán las inscripciones de dominio del inmueble que resulte afectado por la presente. Ordenar la cancelación en forma total de la medida de anotación de Litis ordenada por este Tribunal. A saber: Anotación del diario N° 406 del 03/05/2023, Cba. 08/05/2023, registrada sobre la Matrícula N° 1070514; con tal fin, ofíciese al Registro General de la Provincia. IV) Fijar como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción y se produjo la adquisición del derecho real sobre el inmueble de que se trata, el 01/01/1.994. V) Costas por su orden. VI) Diferir la regulación de honorarios del letrado interviniente Germán Gianinetto, para cuando exista base para ello. Protocolícese y hágase saber.” Texto Firmado digitalmente por: Eduardo Pedro Bruera, Juez.----------------------------------------- Edicto Publicado en el Boletín Electrónico Oficial de la Provincia de Córdoba durante 10 días (Publicación Nº 580679).--------------- Vence: 27/03/2025

EDICTO
La señora Jueza de 1° Inst. 2° Nom. C.C.C. y Flia. de Bell Ville (Sec. Nº 3), hace saber la Sentencia Nº 67 del 23/12/2024, en autos: "CURA, DIEGO JORGE DAMIAN - USUCAPION" (Expte. Nº 7953089). Y VISTOS: .... Y CONSIDERANDO: .... RESUELVO: 1°) Hacer lugar a la demanda de usucapión oportunamente promovida, a favor de Diego Jorge Damián Cura; y en consecuencia, declarar adquirido, por prescripción el inmueble que se describe: a) Según plano de mensura de posesión: realizado por el Ing. Civil Miguel A. Sironi, aprobado con fecha 03/04/2014, visado por la Dirección General de Catastro en Expte. 0563- 005869/2014; en Anexo de dicho plano en cuánto a los deslindes y colindancias se determina: El segmento B-A= longitud 20,00 mts. sobre la calle Bv. Córdoba, se materializa con postes de madera y alambre, sobre la l.m. El segmento B-D= longitud 55,00 mts. se materializa con alambrados de 4 hilos, lindando sobre calle Pueblos Originarios, sobre la l.m. El segmento D-C= longitud 20,00 mts. sobre la calle Chacabuco, se materializa con postes de madera y alambre, sobre la l.m. El segmento C-A= longitud 55,00 mts., se materializa con alambre tejido lindando con la parcela 004 propiedad de Sarubilo de Españon María (D° 161, F° 116, T. 1, Año 1908). Expresó que la parcela 028, afecta en forma única, total y coincidente al D° 21237, F° 32512 del Año 1973, inscripto a nombre de Rosa Rivero de Sarubilo, Asunta Celia Sarubilo de Carra, Isolina Dominga Sarubilo de Sukar, Miguelina Lea Sarubilo de Mandile, Ernesto Marcelo Sarubilo, Héctor Sarubilo y Blanca Rosa Sarubilo de Márquez. Impositivamente se encuentra empadronado en la Dirección General de Rentas en la Cuenta N° 36-03- 0257827/0". b) Según certificado de subsistencia parcelaria: suscripto por el Ingeniero Civil Adrián Flavio Briner, de fecha 19/ 11/2024, se describe de la siguiente manera: "Inmueble ubicado en Departamento UNION, Pedania BELL VILLE, al Norte de la via ferrea del pueblo de MORRISON, designado como LOTE 28 de la MANZANA 27, que responde a la siguiente descripción: Partiendo del vértice "A" con una dirección Sud-Este, con un ángulo interno en dicho vértice de 90º00' y una distancia, lado A-B de 20,00 m llegamos al vértice "B"; a partir de B, con un ángulo interno de 90º00', lado B-D de 55,00 m; a partir de D, con un ángulo interno de 90º00', lado D-C de 20,00 m; a partir de C, con un ángulo interno de 90º00', lado C-A de 55,00 m; encerrando una superficie de 1100,00 m². Y linda con: el lado A-B con Bv. Córdoba; el lado BD con calle Pueblos Originarios; el lado D-C con callejón Chacabuco y el lado C-A con la parcela 4 de Ayelen Ariadna Garcia y Thiago Garcia Virgili, Matricula Nº 1.250.657, Cuenta Nº 36-03-0207138/ 8". "La presente Posesión afecta en forma total a la Parcela 5 (Lote 6), de la Manzana Catastral 16 (Mza. of. 27), con antecedente de dominio Matricula Nº 1.577.368, a nombre de Rosa Rivero, Asunta Celia Sarubilo, Isolina Dominga Sarubilo, Miguelina Lea Sarubilo, Ernesto Marcelo Sarubilo, Hector Sarubilo y Blanca Rosa Sarubilo, empadronada en la Cuenta Nº 36-03-0257827/0". El inmueble se encuentra empadronado en la Cuenta N° 36-03-4060987-1, Nomenclatura Catastral N° 3603230101016028. Estado: Baldío. Pedanía: Bell Ville. Municipio: Morrison. Lugar: En la manzana rodeada P. Manzana 27, Lote 28. Con antecedente de dominio en la matrícula N° 1.577.368". c) Según títulos: se describe de la siguiente forma: "FRACCIÓN DE TERRENO ubicada en Pueblo de Morrison, Pedanía Bell Ville, Depto. UNION, designado como SITIO 6 de la Mz. 27 al Norte de la vía férra. Y mide 20m de Este a Oeste por 55m de Norte a Sud; linda por el Norte con el Bv. Córdoba; por el Sud con callejuela Canada; por el Este con calle Italia y por el Oeste con el sitio 7." 2°) Inscribir el inmueble aludido a nombre de Diego Jorge Damián Cura, argentino, D.N.I. 24.609.018, CUIT 20-24609018-2, nacido el día 12 de febrero de 1976, con domicilio real Fray Justo Santa María de Oro N° 585 de la localidad de Morrison, estado civil casado en primeras nupcias con Natalia Paola Vietto, DNI 24.770.145. Con tal fin, librar oficio al Registro General de la Provincia, previa publicación de edictos por el término de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el diario Boletín Oficial de la Provincia y en otro diario de circulación en esta ciudad, a los efectos de notificar la presente sentencia, conforme lo prescripto por el art. 790 del CPCC. 3°) Ordenar la cancelación en forma total de la medida ordenada por este Tribunal: Anotación del diario de Litis D° 904 del 18/09/2017, registrada sobre la Matrícula N° 1.577.368; con tal fin, oficiar al Registro General de la Provincia, una vez firme la presente resolución. 4°) Fijar como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción y se produjo la adquisición del derecho real del inmueble de que se trata, el 2 de octubre de 1993.5°) Costas a cargo de Diego Jorge Damián Cura… Protocolícese y hágase saber. Firmado: Dra. Guiguet Valeria Cecilia - Jueza. Por diez (10) veces (a intervalos regulares dentro de un período de 30 días).
Vence: 13/03/2025

EDICTO
El Juzgado de 1ª Instancia y 3ra. Nominación en lo Civil, Comercial y Familia, Secretaría N° 5 de la ciudad de Bell Ville, de la provincia de Córdoba, Juzgado a cargo del Dr. Eduardo Pedro Bruera, en autos caratulados “BIANCHI, JORGE - USUCAPION” (Expte. N° 9357689), ha dictado la siguiente resolución: “SENTENCIA NUMERO: 1. BELL VILLE, 12/02/ 2025. Y VISTOS: (…). Y CONSIDERANDO: (…). RESUELVO: I)- Hacer lugar a la demanda de usucapión - prescripción adquisitiva -promovida por Jorge Bianchi, DNI N° 14.914.124, CUIT N° 20-14914124-4, argentino, mayor de edad, nacido el 20/05/1963, por derecho propio, con domicilio real en calle Juan José Paso N° 471 de la localidad de Idiazábal, Departamento Unión, Provincia de Córdoba, de estado civil casado en primeras nupcias con Lucia Irene Lafuente, DNI N° 14.914.124 con domicilio real en calle Juan José Paso N° 471 de la localidad de Idiazábal; respecto al inmueble que según plano de mensura, plano confeccionado por el Ingeniero Civil Martín Verón, MP 4376, aprobado por la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba mediante Expediente N° 0033- 116710/2020 visado con fecha 01/07/2020, se describe como: Lote ubicado en la localidad de Idiazábal - Pedanía Ballesteros - Departamento Unión, Provincia de Córdoba, se designa como Lote 100 – Mza. 5 – mide: al N.E: Línea (1-2) 20,00 mts. Al S.E: Línea (2-3) 50,00 mts. al S.O: Línea (3-4) 20,00 mts. y al N.O: Línea (4-1) 50,00 mts. - Superficie: 1.000,00 m2.-.”; Según título: Matrícula N° 1.216.538, se describe como: LOTE DE TERRENO desig. con el N° NUEVE de la MZA. CINCO, en el plano del pueblo Idiazábal, Ped. Ballesteros, DPTO. UNIÓN, Prov. de Cba.. compuesta de 20 mts. de frente al S., por 50 mts. de fondo, lo que hace una SUP. DE 1.000 MTS.2, lindando: al S. con la calle 4, por el N. con el lote 4, por el E. con el lote 10 y por el O. con el lote 8, todos de la misma mza. Dicho inmueble se encuentra empadronado en la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba con la Nomenclatura Catastral N° 36-02-17-02-01-005-007; asentado en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba en la Cuenta N° 36-02- 0246570/2.-”El inmueble objeto de usucapión se encuentra empadronado en la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba con la Nomenclatura Catastral N° 36-02- 17- 02-01-005-007; asentado en la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba en la Cuenta N° 36-02- 0246570/2. II) Publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial de la Provincia y en otro diario con circulación en la localidad de ubicación del inmueble o, en su defecto, de la más próxima a éste, a los fines de la notificación de la presente sentencia, conforme lo prescripto por el art. 790 del CPCC. III) Fijar como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción y se produjo la adquisición del derecho real sobre el inmueble de que se trata, el 01/04/1.983. IV) Oportunamente, or-dénese la inscripción del inmueble a nombre del actor en el Registro General de la Provincia y simultáneamente, se cancelarán las inscripciones de dominio del inmueble que resulte afectado por la presente. Ordenar la cancelación en forma total de la medida de anotación de Litis ordenada por este Tribunal. A saber: Anotación del diario N° 549 del 31/08/2021, Cba. 03/09/2021, registrada sobre la Matrícula N° 1216538; con tal fin, ofíciese al Registro General de la Provincia. V) Costas por su orden. VI) Diferir la regulación de honorarios del letrado interviniente Germán Gianinetto, para cuando exista base para ello. Protocolícese y hágase saber.” Texto firmado digitalmente por: Eduardo Pedro Bruera, Juez.----------------------------------------- Edicto Publicado en el Boletín Electrónico Oficial de la Provincia de Córdoba durante 10 días (Publicación Nº 580674).----- Vence: 27/03/2025